Santo Domingo. La Corte de Apelación de Puerto Plata revocó ayer el perdón judicial que se le había concedido al suspendido torpedero de los Tampa Bay Rays, Wander Franco, y lo condenó a tres años de prisión suspendida tras ser declarado nuevamente culpable de abuso sexual y psicológico contra una menor de edad.
En junio de 2025, una corte colegiada de primera instancia de esa misma provincia lo había sentenciado a dos años de prisión suspendida y, al mismo tiempo, le había otorgado un perdón judicial.
Pero, ¿qué es el perdón judicial en la República Dominicana? Se trata de una facultad excepcional que tienen los jueces o tribunales para eximir de la pena de prisión a una persona que ha sido declarada penalmente responsable mediante una sentencia.
Esta medida no responde al capricho o arbitrio de un juez en particular, sino que constituye una prerrogativa legítima debidamente establecida en las legislaciones penales del país.
El artículo 340 del Código Procesal Penal señala que en caso de circunstancias extraordinarias de atenuación el tribunal puede eximir de pena o reducirla incluso por debajo del mínimo legal, siempre que la pena imponible no supere los diez años de prisión.
Sin embargo, esto procede atendiendo a las siguientes razones: la participación mínima del imputado durante la comisión de la infracción; la provocación del incidente por parte de la víctima o de otras personas; la ocurrencia de la infracción en circunstancias poco usuales; la participación del imputado en la comisión de la infracción bajo coacción y sin llegar a constituir una excusa legal absolutoria y el grado de insignificancia social del daño provocado.
Además, el error del imputado en relación al objeto de la infracción o debido a su creencia de que su actuación era legal o permitida; la actuación del imputado motivada en el deseo de proveer las necesidades básicas de su familia o de sí mismo; el sufrimiento de un grave daño físico o psíquico del imputado en ocasión de la comisión de la infracción y el grado de aceptación social del hecho cometido.

Sin duda que la decisión judicial de ayer se la pone difícil al atleta en su interés de querer regresar al béisbol de Grandes Ligas, entidad que pocas veces perdona ese tipo de acusaciones penales.
El tribunal le impuso una multa de tres salarios mínimos y el decomiso de 2.1 millones de pesos, sujetos al cumplimiento de una serie de medidas que incluyen no acercarse a la víctima.
El tribunal también ratificó la condena a 10 años de prisión a Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor, acusada de explotación sexual comercial y lavado de activos.
Franco, de 25 años, está bajo contrato, pero no juega en Grandes Ligas desde el 12 de agosto de 2023 después de que surgieron los rumores del presunto abuso sexual. El equipo al que aún pertenece, Tampa Bay Rays, lo colocó en la lista restringida donde permanece hasta la fecha.





















