Santo Domingo. ¿Qué pasará con las personas que les renovaron la licencia de conducir por dos años? ¿Qué ocurrirá con los que les cobraron 1,900 pesos, mismo precio que los que pagaron por cuatro años?
Son interrogantes que, por el momento, no han tenido respuesta por parte del director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Juan Manuel Méndez, ni del director de Licencias, Augusto Pérez Sánchez.
El presidente Luis Abinader emitió un decreto mediante el cual modifica el reglamento de licencias de conducir, para asegurar la aplicación efectiva de la sentencia del Tribunal Constitucional (TCRD) que declara inconstitucional la renovación de dicho documento por dos años a las personas de 75 años de edad en adelante.
Sin embargo, el decreto no establece qué pasará con las personas que ya renovaron por 2 años, ni qué ocurrirá con los que también lo hicieron por dos años y pagaron 1,900 pesos, mismo precio que los que renovaron por cuatro años, lo que equivale a una doble tributación.
El director de licencias del Intrant, consultado al respecto esta mañana por El Nacional, dijo que se trabaja en la adecuación del sistema y en el análisis de la situación para tomar una decisión.
En torno a los que pagaron 1,900 pesos por la renovación por dos años, manifestó que a una gran parte se le devolvió la mitad del dinero, a requerimiento de ellos.
Ayer, el presidente Luis Abinader emitió el decreto 675-26, dictado a propósito de la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional, que declara inconstitucional la disposición de la renovación de la licencia de conducir por dos años a las personas que 75 años en adelante.
El decreto es con la finalidad de evitar un vacío normativo que podría generar inseguridad jurídica en perjuicio de los ciudadanos ante la declaratoria de inconstitucionalidad del antiguo decreto que establecía la restricción.
Previo al decreto, el director del Intrant, Juan Manuel Méndez, envió una comunicación al director de licencias, Augusto Pérez Sánchez, solicitándole la aplicación de las disposiciones contentivas en la sentencia TC/0904/26, d/f 14/9/26, dictada por el Tribunal Constitucional, que declara inconstitucional la renovación de la licencia por dos años a las personas de 75 años de edad en adelante.
“Cortésmente, tengo a bien dirigirme a usted, con la finalidad de solicitarle formalmente la aplicación de las disposiciones contenidas en la Sentencia TC/0904/26, de fecha catorce (14) de septiembre del año dos mil veintiséis (2026), dictada por el Tribunal Constitucional (Ver anexo)”, dice la comunicación del director del Intrant.
“En la indicada decisión, el Tribunal Constitucional acogió, en cuanto al fondo, la acción directa de inconstitucionalidad y declaró no conforme con la Constitución y, en consecuencia, dispuso la nulidad del literal a) del artículo 21 del Decreto núm. 6-19, sobre el reglamento de licencias de conducir, modificado por el decreto 330-26, del 15 de mayo de 2026”, le observó.
“En virtud de lo anterior, y tomando en consideración el carácter vinculante y los efectos propios de las decisiones del Tribunal Constitucional, solicitamos que sean adoptadas las medidas administrativas correspondientes, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada sentencia, especialmente en lo concerniente al régimen de vigencia de las licencias de conducir afectadas por la disposición declarada nula”, dice.
“En ese mismo sentido, requerimos que se nos informe sobre las medidas y procedimientos que serán implementados por esa dirección para garantizar la correcta aplicación de la decisión constitucional y la adecuación de los trámites administrativos a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional. Agradecemos de antemano la atención dispensada a la presente y las diligencias que, conforme a sus atribuciones, sean realizadas para dar cumplimiento a la referida decisión”, concluyó.






















